Verifactu y SII

Verifactu y SII: ¿qué cambia en la facturación electrónica en España?

Si tienes una empresa o eres autónomo, seguramente ya estés acostumbrado a lidiar con facturas, IVA y gestiones con Hacienda. Pero en los próximos meses vas a empezar a escuchar con frecuencia dos términos clave: SII y Verifactu. Y no, no son lo mismo, aunque sí están estrechamente relacionados. 

Desde hace unos años, las grandes empresas están obligadas a usar el SII, un sistema que envía los datos del IVA directamente a la Agencia Tributaria casi en tiempo real. Ahora, con la llegada de Verifactu, se da un paso más: no solo se enviarán los datos, sino que además cada factura llevará un código que la hace única, verificable y protegida contra manipulaciones. 

Verifactu será obligatorio para muchas empresas y autónomos a partir de 2026, pero ya puedes empezar a prepararte. Si aún no tienes claro qué es, cómo se diferencia del SII o qué implica para tu negocio, este artículo es para ti. 

Te lo explicamos de forma sencilla y directa, sin tecnicismos innecesarios: qué es cada sistema, en qué se diferencian, a quién afectan y cómo anticiparse a los cambios. Porque está claro que la factura en papel tiene los días contados. 

¿Qué son Verifactu y SII? ¿A quién afecta cada uno? 

¿Qué es el SII? 

El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistema que Hacienda implantó en 2017 con el objetivo de que ciertas empresas envíen sus libros de IVA directamente a la Agencia Tributaria en un plazo máximo de 4 días hábiles. 

Este sistema es obligatorio para: 

  • Grandes empresas (con facturación anual superior a 6 millones de euros). 
  • Grupos de IVA. 
  • Empresas inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME). 

En el SII no se envían las facturas en sí, sino un conjunto de datos: número de factura, fecha, importe, tipo de IVA aplicado, etc. Esto permite a Hacienda controlar el IVA en tiempo casi real y detectar posibles irregularidades. 

¿Qué es Verifactu? 

Verifactu es un sistema más reciente que se aplicará de forma obligatoria a partir de 2026 para pymes y autónomos. Su función es garantizar que las facturas emitidas: 

  • Lleven un código único y un QR que las identifique. 
  • No puedan modificarse ni eliminarse. 
  • Se puedan enviar de forma voluntaria y automática a Hacienda en el momento de su emisión. 

Su objetivo principal es mejorar la trazabilidad y seguridad de las facturas, evitando fraudes y manipulaciones. Además, el QR permitirá a quien reciba la factura comprobar su validez directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. 

¿Quién debe usar cada uno? 

Si formas parte de una gran empresa y ya estás utilizando el SII, no tendrás que usar Verifactu. 

Si eres pyme o autónomo, te afectará Verifactu a partir de 2026, y ya puedes empezar a adaptarte si lo deseas. 

¿En qué se diferencian? 

Aunque ambos sistemas buscan aumentar el control fiscal y mejorar la trazabilidad, hay diferencias clave en su funcionamiento: 

1. A quién van dirigidos 

  • SII: orientado a grandes empresas, grupos de IVA y entidades inscritas en REDEME. 
  • Verifactu: diseñado para pymes y autónomos que, hasta ahora, no tenían obligación de enviar información inmediata. 

2. Tipo de información que se envía 

  • En el SII, se envían registros del libro de IVA con los datos de la factura. 
  • En Verifactu, se registra la propia factura con todos los elementos necesarios para verificarla: firma digital, código identificativo, QR, etc. 

3. Plazo de envío 

  • Con el SII, el envío debe hacerse en un máximo de 4 días hábiles desde la emisión o recepción de la factura. 
  • En Verifactu, el envío a Hacienda es voluntario, pero puede hacerse en el mismo momento en que se genera la factura. 

4. Formato de la factura 

  • En el SII, las facturas no cambian visualmente. 
  • En Verifactu, la factura debe incluir: 
  • Un QR de validación. 
  • Una leyenda obligatoria: “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”. 
  • Y debe generarse con un software autorizado que garantice su integridad. 

5. Objetivo final 

  • Ambos sistemas buscan reducir el fraude y mejorar el control tributario. 
  • Sin embargo, Verifactu incorpora medidas más avanzadas para proteger la integridad de las facturas y facilitar su verificación por parte del receptor o Hacienda. 

¿Pueden convivir Verifactu y SII? 

La respuesta corta es sí, aunque cada uno tiene su público. 

Si ya usas SII, ¿debes pasarte a Verifactu? 

No. La Agencia Tributaria ha aclarado que quienes ya están obligados al SII no tienen que aplicar Verifactu. Cada sistema responde a un tipo de contribuyente distinto: 

  • SII para grandes empresas. 
  • Verifactu para autónomos y pymes. 

No obstante, ambos persiguen la misma meta: lograr un mayor control fiscal y una digitalización completa del proceso de facturación. 

¿Verifactu sustituirá al SII? 

Por el momento, no. Pero a medio o largo plazo es probable que ambos sistemas evolucionen o incluso se integren. La tendencia es clara: automatización, trazabilidad y transparencia. 

¿Qué debes hacer si eres pyme o autónomo? 

Aunque Verifactu será obligatorio a partir de 2026, lo más recomendable es empezar a prepararte desde ya: 

  • Evalúa si tu software de facturación está adaptado o planea adaptarse a Verifactu. 
  • Digitaliza tus procesos contables. 
  • Habla con tu asesoría para planificar la transición. 

Cuanto antes te adaptes, menos impacto tendrá este cambio en tu día a día. 

¿Quieres adaptar tu facturación a Verifactu sin complicaciones? Empieza hoy a digitalizar tus procesos y asegúrate de cumplir con la normativa antes de 2026. Escríbenos a o llámanos al 967 50 50 24 y te ayudamos.